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martes, 26 de mayo de 2020

SERVICIOS COMPLEMENTARIOS: CALENDARIO, IMPRESOS Y DOCUMENTACIÓN PARA ADJUNTAR A LOS IMPRESOS


Estimadas familias,

Os informamos del  PERIODO DE SOLICITUD DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS: COMEDOR, AULA MATINAL Y EXTRAESCOLARES.

En el curso escolar 2020/2021 las actividades extraescolares ofertadas son:  INGLÉS, FRANCÉS, NUEVAS TECNOLOGÍAS  y  TEATRO





Por otra parte os RECORDAMOS QUE PODÉIS DESCARGAR LOS

 IMPRESOS EN LAS SIGUIENTES RUTAS:


-IMPRESO DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS (comedor, aula matinal y extraescolares) (ANEXO II)



-IMPRESO DE BONIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS (ANEXO V)





LA DOCUMENTACIÓN PARA ADJUNTAR A LOS 

IMPRESOS ES LA SIGUIENTE:


*PARA ADJUNTAR CON ANEXO II (SOLICITUD DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS)

-Fotocopia de los DNI de los miembros de la unidad familiar (dos caras). Los mayores de 16 años pertenecientes a la unidad familiar deben de firmar la solicitud en el apartado 4.

-Leer muy bien el reverso del anexo II y aportar la documentación según las características familiares:

1.- Acreditación de guarda y custodia ejercida por solo uno de los/as representantes legales.

  Cuando la guarda y custodia sea ejercida por solo uno de los representantes legales deberá presentar  original y copia del libro de familia para su cotejo o documento judicial acreditativo de dicha circunstancia.

2.- Acreditación de la actividad laboral o profesional de la/s persona/s que ostentan la guarda y custodia del alumnado.

Para acreditar la actividad laboral o profesional de las personas que ostenten la guarda y custodia del alumnado será necesario presentar, por cada uno de ellos la siguiente documentación:

- Informe de vida laboral expedido por el organismo oficial competente en la materia.
Certificado de la unidad de personal de su destino como funcionario (para aquellos colectivos como los militares, cuerpos de seguridad y docentes que no tienen vida laboral).

 -Certificación de la empresa justificativo de la duración de la jornada, así como el horario de trabajo a efectos de lo establecido en los artículos 11.2.c) y 15.2.c) del Decreto 6/2017, de 16 de enero.

En el caso de que desarrollen su actividad laboral por cuenta propia, deberán presentar una certificación demostrativa del alta en el Impuesto de Actividades Económicas y una declaración responsable de la persona interesada sobre la vigencia de la misma y del horario que requiere la actividad.

 En el supuesto de que no exista obligación legal de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, se acreditará mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos:

 -Alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, para aquellas personas que desarrollen actividades empresariales o profesionales, incluidas las agrícolas, forestales, ganaderas o pesqueras.

 -Copia autenticada de la correspondiente licencia de apertura expedida por el Ayuntamiento respectivo.

-Copia sellada de la declaración responsable o comunicación previa correspondiente presentada ante el Ayuntamiento.

 -Alta en la Seguridad Social y una declaración responsable de la persona interesada sobre la vigencia de la misma.

3. Acreditación de la situación de cursar estudios conducentes a titulaciones académicas oficiales.

 Para acreditar la situación de cursar estudios conducentes a titulaciones académicas oficiales de las personas que ostenten la guarda y custodia del alumnado será necesario presentar certificado expedido por el centro docente donde figure estar matriculado y el horario lectivo. 

4. Alumnado en situación de dificultad social extrema:

El alumnado incluido durante el curso anterior en el Plan SYGA será considerado de oficio como en situación de dificultad social extrema.

El alumno no incluido en dicho plan y que pudiera encontrarse en dicha situación, deberá aportar una certificación expedida al efecto por los servicios sociales comunitarios del municipio donde resida la persona solicitante.

5. Acreditación de la situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión.

Para acreditar la situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión, será necesario presentar una certificación expedida al efecto por los servicios sociales comunitarios del municipio donde resida la persona solicitante.

6. Acreditación de la situación de tutela o guarda de la Administración.

En el caso del alumno o alumna en situación de tutela o guarda de la Administración de la Junta de Andalucía, será necesaria la certificación expedida por la Consejería competente en materia de protección de menores.

 7. Acreditación de hijo/a de mujeres víctimas de la violencia de género.

En el caso de hijos o hijas de mujeres atendidas en centros de acogida para mujeres víctimas de la violencia de género, será necesaria la certificación de la entidad titular del centro de acogida.

8. Acreditación de la situación de víctima de terrorismo.

Para acreditar la situación de víctima de terrorismo, será necesaria la certificación expedida por la Administración pública que corresponda.

 9. Acreditación de la situación de dependencia.

Para acreditar la situación de que quienes ostenten la guarda y custodia del alumno o alumna se encuentran en situación de dependencia, será necesaria la certificación expedida por la Consejería competente en materia de dependencia y servicios sociales.


* PARA ADJUNTAR CON ANEXO V (BONIFICACIÓN)

-Hoja de empadronamiento de la unidad familiar.

-Fotocopia cuenta bancaria donde esté incluido al menos uno de los dos tutores legales.



Un afectuoso saludo,

El Equipo Directivo

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